Acuerdo No. 015 de 2022

UNIVERSIDAD CESMAG
CONSEJO DIRECTIVO

ACUERDO NÚMERO 015 DE 2022
(SEPTIEMBRE 8)

“Por el cual se modifica el Acuerdo 001 del 9 de mayo de 2019 del Consejo Directivo”

El Consejo Directivo de la Universidad CESMAG en uso de sus atribuciones estatutarias y,

CONSIDERANDO

Que la Universidad CESMAG es una Institución de Educación Superior de carácter privado, de utilidad común, organizada como fundación, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Resolución No. 10735 del 23 de junio de 1982 expedida por el Ministerio de Educación Nacional.

Que el Ministerio de Educación Nacional, mediante Resolución 004012 de 12 de abril de 2019 resolvió Reconocer a la Institución Universitaria Centro de Estudios Superiores María Goretti- CESMAG como Universidad, cambiando así su condición de Institución universitaria, que le fue reconocida a través de la Resolución 1853 de 31 de julio de 2002 del Ministerio de Educación Nacional.

Que, por su parte, la Resolución 004012 de 12 de abril de 2019 consagró, que una vez se encuentre en firme el precitado acto administrativo, la Institución pasará a denominarse Universidad CESMAG con sigla UNICESMAG.

Que teniendo en cuenta lo anterior, mediante Acuerdo 001 del 9 de mayo de 2019, el Consejo Directivo ajustó la denominación, normativa y documentos de la Institución a la decisión de reconocimiento como Universidad.

Que dentro del Acuerdo en cita, se dispuso que la denominación de la Universidad sería “Universidad Cesmag”, en lugar de “Universidad CESMAG”, tal y como fue reconocido por el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución No. 004012 de 2019.

Que se hace necesario modificar el Acuerdo 001 de 2019 del Consejo Directivo de acuerdo al reconocimiento como Universidad CESMAG, realizado por el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución 004012 de 2019.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el Acuerdo 001 del 9 de mayo de 2019 del Consejo Directivo en el sentido de reemplazar el término de “Universidad Cesmag” por “Universidad CESMAG”. Es decir, cuando en el acuerdo se emplee el término “Universidad Cesmag”, se entenderá que hace referencia a “Universidad CESMAG”.

ARTÍCULO SEGUNDO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

ARTÍCULO TERCERO. Toda la comunidad académica y trabajadores de la Universidad tomarán nota de la presente.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Pasto, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós
(2022).

ORIGINAL FIRMADO
OMAR CAÑAR CERÓN
Presidente

ORIGINAL FIRMADO
STEFANIA UNIGARRO GUERRERO
Secretaria General

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